Horario: Lun - Vie 8:00 am - 3:30 pm

Procedimiento para obtener Información

Para obtener cualquier información distinta a la que se publica de oficio, es necesario presentar una solicitud, y cualquier persona sin distingo de ningún tipo, ni rango de edad determinado, puede solicitarla sin acreditar su identidad, incluso puede usar un pseudónimo; tampoco es necesario que especifique el propósito que tenga sobre la información.

Puede hacerse de manera oral, escrita o por medios electrónicos.

La solicitud debe contener:

* Nombre del sujeto obligado a quien se dirija la solicitud.
* Nombre completo del solicitante. Ningún funcionario público le debe pedir identificación para acreditar el nombre de la solicitud.
* Señalamiento o descripción de la información que solicita.
* Domicilio para recibir la información o las notificaciones correspondientes.

La unidad de enlace debe proporcionar un número de folio al entregar la solicitud para que el solicitante dé seguimiento a la misma.

Como solicitar información a los Sujetos Obligados paso a paso

1.- Presenta tu solicitud por el medio que consideres apropiado, ante la Unidad de Enlace que consideres competente para entregar respuesta.

2.- La solicitud de información podrá efectuarse en forma escrita o verbal manera personal o telefónicamente, o mediante un sistema electrónico vía remota o a través de la página en Internet del Portal de Transparencia del Gobierno del Estado de Sonora, en el cual se encuentra el sistema INFOMEX SONORA.

3.- Se recibirán las solicitudes únicamente en días y horas hábiles, consideradas para tal efecto, los días de Lunes a Viernes, con horario de atención de las 8:00 a las 15:00 horas.

Las solicitudes que se presenten en días inhábiles y fuera del horario señalado, se registrarán al día siguiente inmediato hábil para efectos de los cómputos de los plazos a que se refiere la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

4.- La solicitud de información pública deberá reunir los datos estipulados en el artículo 38 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora:

I.- Denominación del Sujeto Obligado al que se dirija la solicitud;

II.- Nombre completo del solicitante según este lo haya proporcionado, sólo para efecto del Seguimiento.

III.- Señalamiento o descripción de la información que se solicita;

IV.- El lugar o medio para recibir la información solicitada o las notificaciones que procedan al efecto.

5.- Receptada la solicitud de información la unidad de enlace registrará en un acta o formato electrónico los detalles de la solicitud y para el caso de presentación en forma escrita, procederá a entregar una copia de la misma al solicitante, con número de folio, el que se entregará para todos los casos de solicitudes a fin de dar seguimiento a la petición.

6.- Si el solicitante no requiere reproducción de la información solicitada, la unidad de enlace deberá notificarle la aceptación de la solicitud dentro de los 5 días hábiles siguientes al ingreso de la misma, y hacer de su conocimiento tiempo y forma en que se podrá consultar en forma gratuita.

7.- Para el caso que el solicitante requiera reproducción de la información solicitada, dentro de 5 días hábiles la unidad de enlace deberá notificarle la aceptación de la solicitud y el costo de reproducción, haciéndole saber que tiene un plazo de 60 días naturales para efectuar el pago correspondiente.

Si el solicitante no efectúa el pago de reproducción de información dentro del plazo estipulado, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Si el solicitante efectúa el pago de reproducción de información dentro del plazo estipulado, la Unidad de enlace entregará la información solicitada dentro de un plazo de 10 días hábiles posteriores a la fecha de pago, concluyendo así el procedimiento.

8.- Si la unidad de enlace no entrega la información en el plazo de los días hábiles posteriores a la fecha de pago, dicha unidad de enlace cuenta con 5 días adicionales para la entrega de la información, debiendo reintegrar al solicitante el pago realizado.

9.- Si el solicitante solicitó información que debe ser reproducida y además entregada al solicitante en un lugar distinto a la Unidad de Enlace, en adición a los Derechos correspondientes deberá cubrirse el costo del envío por el medio que lo haya requerido, pudiendo ser correo certificado, mensajería local ó foránea, de acuerdo a las tarifas para el pago de derechos que deberán cubrir los solicitantes de información pública estipulados en la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, de conformidad con el artículo 309 numeral 2 de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora.

Ayuntamiento de Caborca

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Colonia Centro 83600, México

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